¿Qué es el Informe de Situación Periódico (ISP) del suelo de una Actividad Potencialmente Contaminadora (APC)?
ÍNDICE
- 1 ¿Qué es el Informe de Situación Periódico (ISP) del suelo de una Actividad Potencialmente Contaminadora (APC)?
- 2 ¿Cuándo se debe presentar el Informe de Situación Periódico (ISP) del suelo de una Actividad Potencialmente Contaminadora (APC) en cada comunidad autónoma?
- 3 Tramitación del Informe de Situación Periódico (ISP)
El informe de Situación Periódico (ISP), es un informe que recoge toda la información relevante para permitir valorar la posibilidad de que se puedan producir o que se hayan producido contaminaciones del suelo donde está o estaba ubicada la empresa cuya actividad se considere una Actividad Potencialmente Contaminadora (APC).
La normativa, por la cual se establece la relación de Actividades Potencialmente Contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados, es el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero.
El contenido del Informe de Situación Periódico (ISP), se especifica en el anexo II del Real Decreto 9/2005. Es el mismo para los diferentes tipos de Informes de Situación. Por lo tanto se puede elaborar a partir de la información generada en cumplimiento de la legislación vigente en materia de residuos y sustancias peligrosas. Tampoco supone la obligación de realizar ningún tipo de ensayo o de análisis específico.
En el anexo I del Real Decreto 9/2005 podemos encontrar el listado Actividades Potencialmente Contaminantes del suelo.
¿Cuándo se debe presentar el Informe de Situación Periódico (ISP) del suelo de una Actividad Potencialmente Contaminadora (APC) en cada comunidad autónoma?
Requisitos y plazos para cada comunidad autónoma.
Hemos contactado con cada comunidad autónoma. Nos han informado de los requisitos y plazos para presentar el Informe de Situación Periódico (ISP) del suelo de las Actividades Potencialmente Contaminadoras (APC).
A continuación, compartimos la información facilitada para cada comunidad autónoma por orden alfabético.
Andalucía:
Actualmente, no se encuentra establecida la periodicidad con la que ha de presentarse el informe de situación de suelo.
La aplicación informática del Inventario Andaluz de Suelos Potencialmente Contaminados, una vez se encuentre operativa, proporcionará de forma automática el grupo de riesgo y la periodicidad de actualización de datos asociada. Entre tanto, sólo se deberá aportar informe de situación periódico cuando la Dirección General competente en materia de suelos contaminados lo notifique a las empresas implicadas. O cuando se determine mediante una normativa específica de carácter general.
Aragón:
La periodicidad no está especificada, por lo tanto no es exigible por ahora.
Asturias:
No hay periodicidad establecida, se presentará en caso de modificaciones sustanciales.
Las empresas con Autorización Ambiental Integrada deben presentar un informe de situación con un seguimiento de las aguas subterráneas cada 5 años.
Baleares:
La periodicidad con la que tienen que presentar los informes de situación del suelo los titulares de Actividades Potencialmente Contaminantes se les comunica a partir del Informe Preliminar de Situación (IPS) inicial que presenten.
La periodicidad es distinta dependiendo de las instalaciones concretas que existan en la actividad potencialmente contaminante en cuestión, según la información aportada por el Informe Preliminar de Situación (IPS).
Canarias:
Se remitirá el informe de situación del suelo cada 2 años y en el supuesto de ampliación de la actividad.
(Art. 4 y 5 del Decreto 147/2007 regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en Canarias.
Orden 10-5-11, por la que se determina el contenido del informe de situación del suelo previsto en el Decreto 147/200).
Cantabria:
La periodicidad no está especificada, por lo tanto no es exigible por ahora.
Castilla la mancha:
Todas las actividades del anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, (Por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados) así como las incluidas en el artículo 3.2 de dicha norma deben presentar el informe preliminar de situación del suelo al iniciar su actividad potencialmente contaminante.
El resto de informes periódicos se presentarán a requerimiento de la administración, una vez evaluado dicho informe preliminar.
Castilla y león:
La periodicidad con la que tienen que presentar los informes de situación del suelo los titulares de Actividades Potencialmente Contaminantes se les comunica mediante Resolución que se dicta a partir del Informe Preliminar de Situación (IPS) inicial que presenten.
La periodicidad es distinta dependiendo de las instalaciones concretas que existan en la actividad potencialmente contaminante en cuestión, según la información aportada por el Informe Preliminar de Situación (IPS).
Cataluña:
El Informe de Situación Periódico (ISP) se debe presentar cada 10 años (Ver tabla presentada por la ARC). Respecto al último Informe de Situación Periódico (ISP) presentado o respecto al Informe Preliminar de Situación (IPS).
Cuando en la licencia ambiental de la actividad o en la autorización se establezca un periodo inferior prevalecerá éste respecto al anterior.
En caso de cese de actividad o cambio sustancial, se deberá presentar el Informe de Situación (IScs o ISC) en el momento de inicio de los trámites.
Extremadura:
El informe de situación periódico se presentará cada 5 años. Modelo de informe: Informe de Situación.
Galicia:
DECRETO 60/2009, de 26 de febrero, sobre suelos potencialmente contaminados y procedimiento para la declaración de suelos contaminados. Artículo 5.1.
Los titulares de las actividades potencialmente contaminantes del suelo están obligados a remitir cada 5 años un informe de situación.
La rioja:
No hay periodicidad establecida. Se presentarán a requerimiento de la administración o en caso de modificaciones sustanciales.
Madrid:
No hay periodicidad establecida. Se presentarán a requerimiento de la administración o en caso de modificaciones sustanciales, una vez evaluado el informe preliminar.
Modelo telemático tanto para el informe preliminar como para el periódico:
Resolución de 25 de abril de 2012, de la Directora General de Evaluación Ambiental. (Por la que se publica el modelo telemático correspondiente a “Informe de Situación del suelo” BOCM nº 112, de 11 de mayo).
Murcia:
No hay periodicidad establecida. Por lo que se presentarán a requerimiento de la administración o en caso de modificaciones sustanciales.
Navarra:
La periodicidad no está especificada, por lo tanto no es exigible por ahora.
País vasco:
Actualmente no tienen periodicidad establecida (Sólo en caso de modificación o causa sustancial). Están elaborando un Decreto donde se establecerá la periodicidad dependiendo del tipo de actividad, pero aún no se ha aprobado.
Valencia:
La periodicidad no está especificada, por lo tanto no es exigible por ahora.
Tramitación del Informe de Situación Periódico (ISP)
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