Planes de autoprotección (PAU)
Los planes de autoprotección o PAU son documentos encaminados a prevenir y mantener bajo control los riesgos que pueden afectar a las personas, el medio ambiente y los bienes presentes en una determinada instalación. Los PAU, que están regulados por el Real Decreto 393/2007, también deben prever la necesaria coordinación de la actividad preventiva interna con la intervención de los servicios públicos de protección civil.
En los planes de autoprotección se deben incluir los siguientes puntos:
- Identificación y evaluación de los riesgos existentes.
- Acciones y medidas para prevenir y controlar dichos riesgos.
- Medidas de protección en caso de accidente, así como el plan de actuación en caso de emergencia.
- Implantación y mantenimiento de plan.
El plan de autoprotección es obligatorio en los casos indicados en el RD 393/2007 y las especialmente contempladas en la normativa SEVESO (prevención de accidentes graves).
En un plan de autoprotección o PAU se plasman los diferentes escenarios de riesgos que nos podemos encontrar y se establecen las pautas a seguir para afrontar la emergencia. Un buen plan de autoprotección debe valorar:
- orígenes de los riesgos;
- las causas que los pueden materializar;
- las consecuencias de los mismos ;
- cómo podemos evitar que se produzcan y
- qué hacer para minimizar sus consecuencias en caso de que el accidente tenga lugar.
Los planes de autoprotección hay que revisarlos obligatoriamente cada 3 años (4 años en el caso de Cataluña).
El PAU debe ser redactado y firmado por un técnico competente. Es necesario seguir las especificaciones que se incluyen en el Anexo II del Real Decreto 393/2007, donde se detallan todos los aspectos técnicos y materiales que debe abordar un plan de autoprotección. Este anexo es la guía básica para su redacción.
El plan de autoprotección debe incluir también un plan de difusión e implantación real en la empresa. No se debe quedar solo en la fase documental de la misma.
Una vez esté elaborado el documento, hay que realizar una estrategia de formación e información adecuada para que el PAU tenga plena operatividad. En este sentido, se debe incluir:
- Información a trabajadores y usuarios mediante charlas, folletos, cartelería y señalización, etc.
- Formación sobre cómo actuar en caso de emergencias. Las medidas de emergencias deben ser conocidas por toda la empresa. Todos deben saber cómo actuar en caso de accidente.
- Realizar una correcta instalación y señalización de los elementos de protección contra incendios.
- Desarrollo de simulacros de actuación en caso de emergencias.
Tandem HSE se ocupa del plan de autoprotección de su empresa
En Tandem HSE contamos con los ingenieros y técnicos de prevención cualificados para la redacción y puesta en marcha de los planes de autoprotección. Todo nuestro personal está formado y acreditado por Protección Civil y contamos con una gran experiencia de trabajo en importantes plantas químicas e industriales, con riesgos de gran complejidad como el riesgo químico.
Nuestra actuación en este terreno incluye, la elaboración de los diferentes planes específicos de autoprotección:
- Autoprotección conforme a la normativa del RD 393/2007.
- Autoprotección para actividades sujetas a la normativa SEVESO (accidentes graves).
- Autoprotección en situaciones de emergencia medioambiental. El riesgo no solo afecta a la instalación, sino que puede traer graves consecuencias para el entorno.
- Autoprotección en las empresas de transporte y logística sometidas a normativa ADR (transporte de mercancías peligrosas en la carretera).
El plan de autoprotección o PAU es una pieza fundamental para la seguridad de las personas y para evitar tragedias medioambientales y minimizar los costes materiales. Solo empresas que trabajan en los sectores más críticos desde el punto de vista de la seguridad, como es el caso de Tandem HSE, pueden dar una respuesta adecuada a estas necesidades.
Formación en el plan de autoprotección
La implantación del Plan de Autoprotección implica también la formación y capacitación del personal. Esto implica la formación teórica y práctica del personal asignado al Plan de Autoprotección.
Así, se deberán de realizar dos tipos diferentes de formaciones relativas a los planes de autoprotección.
En primer lugar, una general para concienciar y formar a todo el personal de la empresa en materias de Seguridad y Salud Laboral (Plan de Emergencias y Evacuación) como parte de la implementación del plan.
Y, en segundo lugar, otra específica para concienciar y formar al personal que forma parte del equipo de segunda intervención. Tanto en sus procedimientos de actuación como en las responsabilidades durante una emergencia. El curso formará parte de la implantación del plan de autoprotección.