Seguridad de producto
La seguridad de producto se encarga de mantener bajo control todos los riesgos relacionados con los productos y sustancias químicas. Incluye todas las acciones y técnicas para evaluar dichos riesgos. Estos riesgos pueden ser físicos, para la salud humana, para el medio ambiente o incluso legislativos.
Para mantener los riesgos bajo control es de vital importancia la correcta clasificación y etiquetado de todos los productos y sustancias.
Esto permite tener la información real y correcta de las características de todos los productos. Esta información es necesaria para su almacenaje y manejo, con las medidas adecuadas de seguridad.
Principales normativas y reglamentos en seguridad de producto
A continuación se detallan las principales normativas que regulan la seguridad de producto:
Reglamento (CE) nº1907/2006, más conocido como reglamento REACH:
Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006. Relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados QuímicosS
Se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) nº 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión.
Y el Reglamento (CE) nº 1272/2008, más conocido como reglamento CLP:
Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008. Sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. Por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) nº 1907/2006.
Servicios en Seguridad de producto
Tandem HSE ofrece el servicio de consultaría en sustancias o mezclas clasificadas para:
- Realizar Fichas de Seguridad (FDS). Con la nueva clasificación y etiquetaje según el nuevo Reglamento CLP para sustancias. Tanto para las harmonizadas, como para las no harmonizadas y mezclas.
- Estudiar la estrategia a seguir para la preparación de las Fichas de Seguridad (FDS) y etiquetaje de las mezclas después de la obligatoriedad en junio de 2015.
- Formación en interpretación de Fichas de Seguridad (FDS).
- Formación en clasificación de sustancias o mezclas según el nuevo Reglamento CLP.
- Consultoría sobre:
- Notificación al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (I.N.T.C.F.) y otros organismos de las Fichas de Seguridad (FDS) actualizadas.
- Verificar los descriptores de uso de los escenarios de exposición.
- Notificaciones a la European Chemicals Agency (ECHA) de las importaciones de todas las sustancias y mezclas peligrosas.
- Diseño de etiquetas según Reglamento CLP.
- Mantenimiento de Fichas de Seguridad (FDS).
Reglamento CLP
El Reglamento CLP define cómo deben clasificarse, etiquetarse y envasarse los productos químicos. Así pues se trata de un reglamento complementario del REACH y uno no puede entenderse sin el otro.
De aquí el acrónimo que significa clasificación, etiquetado y envasado. Como resultado de sus siglas en inglés Classification, Labelling & Packaging.
Se marca el ambicioso objetivo de armonizar la peligrosidad de las sustancias que se comercializan en la unión Europea. Y establece lo que se conoce como el catálogo de sustancias clasificadas.
Es uno de los reglamentos más largos (2000 páginas, 8 anexos y modificado 15 veces desde 2008) y se encuentra en permanente evolución mediante distintas ATP (Adaptaciones al Progreso Técnico).
Reglamento REACH
En esencia el Reglamento REACH, complementado por el Reglamento CLP, pretende garantizar un nivel elevado de protección para la salud y el medio ambiente. Así mismo, elimina obstáculos para la comercialización. Reduciendo las pruebas a realizar y eliminando al máximo las pruebas sobre animales.
Se rige por 4 principios básicos:
- Registro
- Evaluación
- Autorización
- Restricción de las sustancias.
La aplicación principal del registro y evaluación se refleja en la elaboración de las Fichas de Seguridad y los Escenarios de exposición. Además se erige como un elemento clave para la comercialización de productos químicos, ya sea mezcla o sustancias.
Fichas de datos de seguridad
Las fichas de seguridad tienen su origen en el Reglamento (CE) nº 1907/2006 (REACH). Contienen información sobre la peligrosidad de la sustancia, su manipulación segura y medidas preventivas o, en caso de necesidad, de actuación frente a una emergencia.
Las fichas de seguridad deben ser emitidas obligatoriamente en el momento de comercializar el producto. También deben ser completadas con los Escenarios de exposición. Dicho conjunto se conoce como fichas de seguridad extendidas y deben ser evaluadas previamente a la manipulación del producto y comunicadas aguas abajo.