Estudio de impacto ambiental
Cuando se quiere llevar a cabo cualquier tipo de proyecto sobre el medio ambiente es necesario que se elabore, por parte del promotor de dicho proyecto, un informe que determine el impacto medioambiental del mismo. Es aquí donde entra el juego el estudio del impacto ambiental.
En Tandem HSE nos encargamos de realizar el estudio de impacto ambiental para cualquier tipo de actividad desarrollada en el territorio nacional. Además, disponemos de personal cualificado, especializado en el área con el que podemos ayudarle a cumplir con la normativa medioambiental vigente.
¿Qué es un estudio de impacto ambiental y dónde se encuentra regulado?
El estudio de impacto ambiental es un informe técnico, elaborado normalmente por el promotor, que tiene por objeto determinar el impacto que tendrá en el entorno cualquier proyecto o actividad que se haga sobre el mismo, con el objetivo de prevenir o evitar daños.
Es la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental la que determina que es el Estado quien tiene competencia exclusiva para promulgar la legislación básica de protección del medio ambiente. Así, el estudio de impacto medioambiental deberá cumplir con las exigencias establecidas en la Ley de Evaluación Ambiental.
El contenido del estudio de impacto ambiental
Para estar completo y poder cumplir con su función, el estudio de impacto ambiental deberá contener los siguientes extremos:
- El objeto del proyecto.
- Dónde se localizará el proyecto.
- Examen de las actuaciones que conllevará el proyecto.
- Descripción de los materiales que se utilizarán.
- El suelo que se utilizará para emplazar el proyecto y los recursos naturales que se verán afectados o que deberán ser eliminados.
- Descripción de los residuos, emisiones y vertidos, así como toda emisión que derive del proyecto como los olores, los ruidos o las vibraciones.
- Principales alternativas, incluyendo la opción de no realizar el proyecto.
- Realización de un inventario ambiental. En éste se incluirá el estudio del lugar y sus condiciones ambientales, de la población y su salud, de la flora y la fauna, del suelo y del subsuelo, del aire, de la biodiversidad y de la geodiversidad, del agua, de los paisajes, entre otros muchos elementos.
- Evaluación y cuantificación de los efectos del proyecto en el medio ambiente. Se deberán especificar los efectos positivos y negativos, temporales y permanentes, simples y acumulativos, reversibles e irreversibles, continuos y no continuos y recuperables e irrecuperables.
- Indicar las medidas para prevenir, reducir o evitar los efectos ambientales, definiendo estas medidas con exhaustividad.
- Establecer un sistema de vigilancia y seguimiento medioambiental para garantizar que se dará cumplimiento a las medidas para evitar y reducir el impacto medioambiental del proyecto.
- Determinar si el proyecto afecta a los espacios Red Natura 2000.
- Por último, se hará una especie de resumen y unas conclusiones del estudio realizado.
Obligatoriedad del estudio de impacto ambiental
De acuerdo con la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental, el promotor podrá solicitar al órgano ambiental correspondiente la elaboración de este estudio, presentando una solicitud que deberá ir acompañada del documento inicial del proyecto. Después, el órgano ambiental, tras consultar a las Administraciones Públicas afectadas y demás interesados, remitirá el informe al promotor. No obstante, a pesar de esto, el promotor está obligado a realizar el estudio de impacto ambiental.
Hay que tener en cuenta que un estudio de impacto ambiental pierde su validez si al cabo de un año desde su finalización no se presenta ante las autoridades competentes.
La realización de un estudio de impacto ambiental es esencial para valorar los cambios que un proyecto puede producir en el entorno, tanto positivos como negativos, y para poder estudiar su viabilidad en base a las consecuencias de su realización.