Cambios en las exigencias de formación ADR y modificaciones del ROTT
Las modificaciones del ROTT (Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en vigor desde el pasado 21 de febrero de 2019 y aprobadas por el RD 70/2019) afectan a las normas de transporte de mercancías peligrosas por carretera ya existentes.
Por si las expuestas en el post anterior, que solamente se referían al acuerdo europeo ADR no fueran suficientes…Y lamento decirles que algunos ya han sufrido las consecuencias del NUEVO BAREMO SANCIONADOR.
ÍNDICE
Cambios inesperados y/o sorprendentes que han aportado las modificaciones del ROTT
Uno de los cambios que más nos ha sorprendido, que han aportado las modificaciones del ROTT, es la responsabilidad del transportista para con las operaciones de carga y descarga (salvo pacto en contrario), en los siguientes casos:
«a) La descarga de combustibles exclusivamente destinados al calentamiento de agua sanitaria, calefacción y cocinas (se elimina la mención «uso doméstico»).
b) El abastecimiento de combustible efectuado directamente a algún tipo de maquinaria, que disponga en su estructura o equipos de los depósitos correspondientes
c) Las descargas de gasóleos (UN1202), cuando la cantidad descargada no exceda 1000 litros»
Sí señores, si en la carta de porte, el expedidor/cargador comete un error en el grupo de embalaje, la responsabilidad será del transportista. Y por ello, será el transportista sancionado con 4001 euros (art. 37.2).
¡El cargador se libra de esta, por raro que parezca!
Para el resto de casos, salvo pacto en contrario, «la realización de las operaciones de carga y descarga serán por cuenta del expedidor y del destinatario, respectivamente».
Otro de los cambios más inesperados del RD 1032/2007, afecta a la formación de los conductores.
Si bien hasta ahora un conductor, cuyo transporte estaba sujeto a las disposiciones del 1.1.3.6 (ADR parcial) o cantidades limitadas, no tenía la obligación de disponer de una formación que acreditase este conocimiento, a partir de ahora si el conductor no puede probar que le han impartido dicha formación:
¡Será sancionado con 801 euros!
Esto afecta a la formación de los conductores que transportan bultos acogidos a las exenciones del ADR. Sean o no autónomos.
Y aquí se ven afectadas muchas paqueterías, conductores autónomos e incluso supermercados. (Art. 5 RD 70/2019).
Bastará con llevar a bordo del vehículo un documento o certificado de la formación con los contenidos impartidos. Expedido por una empresa o consultora que pueda impartir formación de ello,… como por ejemplo TANDEM, por supuesto. Y esta sanción es la que se está sufriendo en mayor número en estos últimos meses.
Y más modificaciones…
A partir de ahora, también se podrán realizar pactos en contrario. Independientemente de que no sean instalaciones agrícolas. Pero no se olviden de registrarlos en la administración junto con el alta del consejero de seguridad correspondiente (Anejos 3 y Anejo 4 del RD 97/2014).
Y una buena noticia para muchos (por suerte no todas son malas):
Las descargas de gasóleo que no excedan los 1000 litros se podrán acoger al 1.1.3.6.o exención parcial del ADR. Por lo que no será necesario un vehículo especial ADR para transportar hasta 1000 L de gasóleo. Ni tampoco consejero de seguridad con su respectiva visita anual, por supuesto. Aunque no hay que olvidar que, excepto para el gasoil ONU 1202, el 1.1.3.6 sigue aplicando SOLO A BULTOS.
Datos en la carta de porte
Y ya para acabar, de acuerdo con la Orden FOM/2861/2012, se debe indicar en la carta de porte: el número de identificación de la autorización especial de circulación expedida por el órgano competente en materia de tráfico, circulación y seguridad vial. Cuando el vehículo haya de circular amparado por una de estas autorizaciones. Por ejemplo para una autorización especial de circulación en fin de semana o a ciertas horas con restricción.
Servicios de Tandem HSE, S.L.
Pero no tiene de qué preocuparse, porque…
El equipo de TANDEM HSE S.L. cuenta con una amplia experiencia en formación y normativa ADR para el sector químico industrial. Nacional e internacional. Con consejeros de seguridad experimentados que estarán a su disposición y le asesorarán siempre que lo necesite. Además, disponemos de un software proprio, Gestión ADR. Este software le permitirá cumplir con las obligaciones del ADR gestionando sus productos y la documentación relacionada.
El equipo técnico y consejeros de seguridad de TANDEM HSE S.L. puede formar al personal implicado en las operaciones de transporte y emitir el certificado correspondiente, como prueba válida para evitar la sanción.
Y ya, para finalizar este artículo, no dude en ponerse en contacto con nosotros para solicitar más información. Estaremos encantados de ayudarle.
Tandem HSE
Tel. 93 418 19 12
Por: Alba Valero
Consejera de Seguridad ADR
Fecha: 09 de mayo de 2019