Registro RSIPAC
Cualquier establecimiento de Cataluña que se dedique a actividades alimentarias debe solicitar la inscripción al registro oficial que corresponda en función de su actividad.
Los titulares de las industrias y establecimientos alimentarios, las empresas distribuidoras de agua mediante depósitos y cisternas móviles y la restauración colectiva institucional, deben comunicar el inicio de sus actividades a la Agencia de Salud Pública de Cataluña para ser inscritos en el Registro sanitario de industrias y productos alimentarios de Cataluña (RSIPAC). De esta manera se constituye un censo de industrias que contiene información sobre los datos de identificación, la ubicación y las actividades de los establecimientos.
Va dirigido a todas aquellas empresas y establecimientos que se dediquen a la producción, transformación, elaboración, envasado, almacenaje, distribución, transporte e importación (productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea) de:
▪ Productos alimenticios y alimentarios destinados al consumo humano.
▪ Materiales y objetos destinados a estar en contacto con los productos mencionados en el punto anterior.
▪ Coadyuvantes tecnológicos utilizados en la elaboración de alimentos.
▪ A las empresas distribuidoras de agua de consumo público mediante depósitos y cisternas móviles.
▪ A las instalaciones que sirven, en las dependencias propias, a un conjunto de consumidores con unas características similares y que solicitan un servicio de comidas preparadas, como escuelas, empresas, hospitales, residencias geriátricas, centros penitenciarios, centros de disminuidos psíquicos, jardines de infancia, casas de colonias, etc. (restauración colectiva social).
¿Cómo puede ayudar Tandem HSE?
- Asesorar en la inscripción inicial en el RSIPAC y en la gestión de modificaciones o bajas.
- Preparar la documentación técnica y administrativa exigida por la normativa catalana.
- Asegurar el cumplimiento sanitario y facilitar la relación con la administración pública.

