¿Qué es el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión?
ÍNDICE
El Régimen de Comercio de Derechos de Emisión es un instrumento de mercado para la reducción de las emisiones en el que se define un límite superior de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) que pueden ser emitidos por los participantes incluidos en dicho sistema.
El concepto de Derecho de Emisión se identifica como el derecho de una actividad a emitir una tonelada equivalente de dióxido de carbono durante un período de tiempo determinado.
El RCDE es una herramienta esencial para reducir de forma eficaz las emisiones de GEI en la industria, el sector de la energía eléctrica y el transporte aéreo. Obliga a determinadas empresas de estos sectores a detectar, controlar y reducir sus emisiones ofreciéndoles la posibilidad de ser compensadas económicamente por ello.
¿Qué empresas están obligadas a inscribirse en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión?
La Ley 1/2005, de 9 de marzo, transpone la Directiva 2003/87/CE y regula el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión.
Esta Ley establece, en su artículo primero, el ámbito de aplicación de este instrumento. Así pues, todas las empresas que se encuentren dentro de la tabla del Anexo I de esta Ley y emitan los gases que ahí se indican, estarán obligadas a entrar dentro del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión.
No se incluyen dentro del ámbito de aplicación las instalaciones o partes de instalaciones cuya dedicación principal sea la investigación, desarrollo y experimentación de nuevos productos y procesos, ni las instalaciones que quemen exclusivamente biomasa.
También se excluyen los hospitales y aquellas instalaciones cuyos niveles de emisión no superen las 2.500 toneladas de CO2 anuales (sin contabilizar las procedentes de la biomasa).
¿Qué implica la inscripción en este sistema?
Las empresas inscritas en el RCDE se ven obligadas a realizar un cálculo de sus emisiones de GEI en años anteriores para que se les pueda asignar correctamente los derechos de emisión que les corresponda.
Esta asignación puede realizarse de manera gratuita o mediante subasta, y de ella resulta la distribución de los derechos de emisión de manera equitativa para cada actividad.
Cada derecho de emisión corresponde a un número cuantitativo de GEI emitidos. Al final de cada período definido por el sistema, las actividades incluidas en este deben entregar un número de derechos de emisión igual al de las emisiones producidas durante dicho período.
Si una actividad emite menos que el número de derechos de emisión que le fue asignado en su día, podrá vender este exceso de derechos a otras actividades que hayan emitido más de lo asignado.
Para poder participar en el comercio de emisiones y poder optar a la asignación gratuita de derechos las empresas deben:
- Disponer de la Autorización de Emisión de Gases de Efecto Invernadero.
- Disponer de un Plan de Seguimiento aprobado por la CCAA.
- Abrir una cuenta en el Registro de Derechos de la Unión.
- Solicitar la asignación gratuita a la OECC.
- Disponer de un Plan Metodológico de Seguimiento aprobado por la OECC.
- Elaborar Informes de Emisiones e Informes de Nivel de Actividad y de Mejora.
En Tandem HSE contamos con una amplia experiencia en el cálculo de emisiones de gases de efecto invernadero y disponemos de un equipo totalmente capacitado para asesorarle y guiarle a través de todo el proceso de inscripción en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión. Se puede poner en contacto con nuestro equipo técnico que le puede ayudar y asesorar en todo lo que necesite.
Oriol Ortiz
5 de abril
2022