A raíz de la publicación de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, la obligación de elaborar anualmente un resumen de todos los residuos producidos se extendió a todos los centros que generaran residuos peligrosos.
Esto tuvo un gran impacto en el sector industrial y comercial, sobre todo para las pequeñas empresas que hasta ahora no tenían esta obligación.
Visto esto, diferentes comunidades autónomas expresaron su desconformidad con la nueva Ley, ya que, en muchos casos, la información de los residuos generados en los centros de actividad (industrias, comercios, oficinas, etc.) ya se declaraba a través de las plataformas electrónicas específicas de cada comunidad autónoma o a través del repositorio de residuos eSIR.
Finalmente, la Comisión de Coordinación en Materia de Residuos publicó un acuerdo donde daba la última palabra a las CCAA para que establecieran cuales eran las actividades obligadas a presentar anualmente la Memoria de Residuos (o Memoria Anual) ante el organismo responsable de su territorio.
A continuación, presentamos una relación de los productores obligados a presentar anualmente información referente a los residuos generados según la comunidad autónoma donde se localice su actividad:
Aragón
- Los productores de residuos peligrosos en cantidades superiores a 10 t/año deberán presentar la Memoria de Residuos anualmente.
- Los pequeños productores de RP (< 10 t/año) no disponen de procedimiento y deben esperar a que esté disponible.
País Vasco
- Las empresas productoras y pequeñas productoras de residuos que tengan una Autorización Ambiental Integrada presentaran la información de los residuos integrada en el Programa de Vigilancia Ambiental (PVA).
- Los productores residuos peligrosos que no tengan una Autorización Ambiental Integrada no deberán presentar la Memoria de Residuos información en el plazo establecido.
Comunitat Valenciana
- De acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 7/2022, los productores de residuos peligrosos enviarán una memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico antes del 1 de marzo del año posterior respecto al cual se hayan recogido los datos.
- Para los productores de residuos no peligrosos no existe esta obligación.
Castilla y León
Actualmente, los documentos de traslados nacionales de residuos con origen o destino en Castilla y León se presentan mediante las siguientes plataformas:
- Documentos de traslados nacionales entre Comunidades Autónomas: a través de la plataforma estatal eSIR.
- Documentos de traslados nacionales en el interior del territorio de Castilla y León: a través de la aplicación autonómica eDCS.
- Documentos de traslados transfronterizos en el interior de la Unión Europea, con origen o destino en Castilla y León: a través de la aplicación autonómica TTF.
Por tanto, no existe la obligación de presentar la Memoria Anual en Castilla y León.
Madrid
- Los productores de residuos peligrosos con instalaciones ubicadas en la Comunidad de Madrid que trasladen directamente sus residuos peligrosos a instalaciones de tratamiento fuera de territorio nacional deberán emitir antes del 01/03 del año posterior a dicho traslado una memoria resumen de su actividad. Esta obligación aplica de igual manera a los productores de residuos peligrosos con Autorización Ambiental Integrada y aquellos dentro del ámbito de aplicación de la notificación de los datos en la plataforma PRTR-España (que ya han de suministrar información de las transferencias fuera del emplazamiento sin importar la cantidad).
- Sin embargo, aquellos que gestionen los residuos peligrosos generados en territorio español y documenten todos los traslados a través del eSIR quedan exentos de presentar dicha memoria anual.
Catalunya
- Aquellos productores de residuos peligrosos que realicen la documentación de traslado pertinente de forma telemática a través del SDR, en el caso de traslados dentro de la CA, o a través del eSIR en caso de traslados al resto del territorio español, quedarán exentos de la obligación de presentar la Memoria Anual.
- Por otra parte, las actividades industriales (actividades con un código catalán de actividad económica CCAE con un epígrafe comprendido en las letras B, C, D o E), siguen teniendo la obligación de presentar la declaración anual de residuos industriales (DARI) , tanto si generan residuos peligrosos como residuos no peligrosos, ya que así lo establece la normativa autonómica.
La Rioja
- En la comunidad autónoma de La Rioja solo tienen que presentar la Declaración Anual de los Productores de residuos peligrosos (DAP), los productores de residuos registrados, en cuyos procesos de producción se generen más de 10 toneladas al año de residuos peligrosos.
Islas Canarias
- Canarias se acoge al apartado 2A del Acuerdo de la Comisión, que permite eximir de presentar la memoria anual a los productores de residuos peligrosos de las CA que sigan el procedimiento albergado en el MITECO para traslados interterritoriales e intraterritoriales con el que la información queda comprobada a través de eSIR.
Cantabria
- En el caso de Cantabria, la administración no establece ninguna excepción a lo que establece la Ley 7/2022 por lo que todos los productores de residuos peligrosos deben presentar la Memoria Anual antes del 1 de marzo
Asturias
- Se exime a los productores de residuos peligrosos que se generen dentro del territorio asturiano de presentar la memoria anual dado que la información necesaria queda a disposición de la Administración a través de los documentos de traslados registrados en el Registro de Productores y Gestores de Residuos.
islas Baleares
- En este caso, ningún productor de residuos peligrosos dentro de las Islas Baleares queda exento de presentar la memoria anual.
Navarra
- Navarra solo exime de presentar la memoria resumen anual de productor de residuos peligrosos a aquellos que habiendo obtenido una Autorización Ambiental Integrada tengan la obligación de declarar los residuos generados al E-PRTR. Estos casos deberán generar la memoria anual únicamente en el caso de generar subproductos y no ser gestores de residuos. En estos escenarios realizaran la memoria tan solo de dichos subproductos.
Castilla-La Mancha
- Esta comunidad ha comunicado que se ha acogido al supuesto 2.A del acuerdo comentado anteriormente. Los productores de residuos peligrosos cuyos centros de producción de residuos se encuentren en el ámbito territorial de CLM no deberán presentar la Memoria Anual.
Galicia
- Todo productor de residuos peligrosos deberá remitir la Memoria Anual antes del 1 de marzo.
Andalucía
Reglamento de Residuos de Andalucía aprobado por el Decreto 73/2012, de 22 de mayo, dispone que:
- La Memoria Anual de residuos peligrosos deberá presentarla cualquier persona física o jurídica que genere o importe residuos peligrosos.
- Los productores de residuos No peligrosos en cantidades superiores a 1.000 t/año deberán presentar la Memoria Anual de Productor de Residuos No Peligrosos.
Murcia
- Será obligatorio realizar la Memoria Anual para todos los productores de residuos peligrosos.
Extremadura
- La Junta de Extremadura se acoge al supuesto 2A del Acuerdo de la Comisión y, por lo tanto, exime a los productores de residuos peligrosos de realizar la Memoria Anual ya que se sigue el procedimiento eSIR albergado en el MITERD para traslados intraterritoriales y interterritoriales.
Desde Tandem HSE tenemos experiencia en el análisis de la legislación actual y en la resolución de esta y otras obligaciones reglamentarias en materia de Medio Ambiente y Seguridad Industrial.
Oriol Ortiz
10 de octubre
2023