Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC)
ÍNDICE
- 1 Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC)
- 2 Informe de situación preliminar para las nuevas Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC)
- 2.1 Modificación del anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo.
- 2.2 ¿Cuándo deben presentar el ISP las nuevas actividades consideradas potencialmente contaminantes del suelo?
- 2.3 ¿Cómo presentar el informe ISP?
El RD 9/2005, de 14 de enero, define las Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC) como aquellas actividades industriales o comerciales que por su actividad puedan contaminar el suelo.
Dicha contaminación puede ser debida al uso de sustancias peligrosas o por la generación de residuos.
A los efectos del RD 9/2005 se consideran Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC):
- Las actividades incluidas en los epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 93 Rev. 1). Indicadas en el Anexo I del RD 9/2005.
- Las actividades que producen, utilizan o almacenan más de 10t por año de una o varias de las substancias incluidas en el RD 363/1995, de 10 de marzo. (Por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.)
- Las actividades que disponen de almacenamientos de combustible para uso propio según el RD 1523/1999, de 1 de octubre. Con un consumo anual medio superior a 300.000l y un volumen total de almacenamiento igual o superior a 50.000l.
Informe de Situación Periódico. ¿Quién está obligado a presentarlo?
Como dijimos en un artículo anterior (Informe de Situación Periódico para APC), el Informe de Situación Periódico lo deben presentar las empresas que ya presentaron el Informe Preliminar de Situación por establecimiento de Actividad Potencialmente Contaminante según el art. 3 del Real Decreto 9/2005. En caso de no haber tenido desde entonces un cambio sustancial de su actividad.
Informe de situación preliminar para las nuevas Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC)
Modificación del anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo.
Tras la publicación el pasado 9 de noviembre de la Orden PRA/1080/2017, de 2 de noviembre, queda modificado el Anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero. En esta orden se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo. También los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
Una década después de la entrada en vigor de esta normativa sobre gestión de suelos contaminados, se ha considerado oportuno actualizar las actividades potencialmente contaminantes.
Por una parte, se ha actualizado el listado de actividades potencialmente contaminantes del suelo al nuevo CNAE-2009. Por otro lado, se han incluido nuevas actividades. También se ha añadido una nueva columna en la que se señala bajo qué circunstancias o situaciones específicas los diferentes tipos de actividades dejan de tener la consideración de potencialmente contaminantes (Ver listado).
Con la nueva redacción de este anexo se incrementará la efectividad de los recursos dedicados por las comunidades autónomas a la gestión de suelos contaminados. Ahora, podrán focalizar los esfuerzos de control en aquellos casos realmente merecedores de atención.
¿Cuándo deben presentar el ISP las nuevas actividades consideradas potencialmente contaminantes del suelo?
Los titulares de las nuevas actividades (incluidas en el anexo I del Real Decreto 9/2005 mediante la Orden PRA/1080/2017) deben remitir al órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, en un plazo no superior a dos años desde la fecha de entrada en vigor de esta orden (10/11/2017), un informe preliminar de situación para cada uno de los suelos en los que se desarrolla dicha actividad. Con el alcance y contenido mínimo que se recoge en el anexo II del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero.
¿Cómo presentar el informe ISP?
Una vez finalizado el Informe de Situación Periódico (ISP) se tendrá que presentar de acuerdo con las instrucciones de cada comunidad autónoma.
Requisitos y plazos para cada comunidad autónoma.
Desde Tandem HSE, en su departamento de medio ambiente, más concretamente en la gestión de trámites ambientales se ofrecen todos los servicios para que usted no se tenga que preocupar de nada. Desde la elaboración del Informe de Situación Periódico (ISP), hasta su presentación en cualquier comunidad autónoma.
Confíe en nuestros más de 22 años de experiencia en este tipo de asuntos.