Préstamos con condiciones preferentes para inversión y desarrollo de la industria Catalana
El Gobierno de Cataluña quiere impulsar nuevas medidas para que la participación de la industria en el PIB catalán llegue al 25% en 2020, en sintonía con la Estrategia Europa 2020. Durante el periodo 2016-2018 ya se activó una nueva línea de préstamos con condiciones preferentes para proyectos de inversión y desarrollo de la industria que contaba con una dotación de 100 millones de euros anuales.
ÍNDICE
- 1 Préstamos con condiciones preferentes para inversión y desarrollo de la industria Catalana
- 1.1 ORDEN EMC/219/2018, de 18 de diciembre
- 1.2 ¿Qué empresas pueden beneficiarse del préstamo de inversión y desarrollo de la industria?
- 1.3 ¿Cuáles son los proyectos subvencionables?
- 1.4 ¿Cuáles son las cuantías y las condiciones de los préstamos de inversión y desarrollo de la industria?
- 1.5 ¿Dónde se debe presentar la solicitud y cuál es plazo?
- 1.6 Documentación a aportar junto a la solicitud
- 1.7 Notificación de las solicitudes
- 2 Servicio de consultoría de Tandem HSE
ORDEN EMC/219/2018, de 18 de diciembre
El pasado 21 de diciembre de 2018 se publicó una nueva orden que da continuidad a esta línea de préstamos. (ORDEN EMC/219/2018, de 18 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de préstamos en condiciones preferentes para la financiación de proyectos de inversión y desarrollo industrial)
En consecuencia, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de nuevas ayudas en forma de bonificación de los intereses de operaciones de préstamo destinadas a la financiación de este tipo de proyectos.
Aquellas empresas interesadas deberán cumplir una serie de requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria. Los requisitos se establecen en la Base 3 del Anexo
¿Qué empresas pueden beneficiarse del préstamo de inversión y desarrollo de la industria?
- En primer lugar, las empresas industriales y de servicios a la producción. Que su actividad principal esté incluida en la CCAE. (Clasificación catalana de actividades económicas). Y que tengan sede social o sede operativa en Cataluña, o sean de nueva implantación.
- También, las empresas de servicios a la producción también tendrán que acreditar que el sector industrial representa más del 50% de su cifra de negocio.
- Además, excepcionalmente, pueden ser beneficiarias de estas ayudas aquellas empresas industriales que acrediten un proyecto de inversión de diversificación, reconversión industrial o nueva implantación.
¿Cuáles son los proyectos subvencionables?
Aquellos que comporten un gasto mínimo de 3.500.000 €, en el caso de las grandes empresas, o de 500.000 € en el de las pymes. Además han de tener un impacto sobre los siguientes aspectos:
- Digitalización de la industria mediante la aplicación de la conectividad, las tecnologías de la información y la comunicación, la robótica y la sensórica en sus procesos productivos y en el resto de sus ámbitos de actividad.
- Incremento o mantenimiento de la capacidad productiva.
- Creación o el mantenimiento del empleo.
- Dinamización de la actividad en la cadena de valor, especialmente con respecto a los proveedores locales.
- Contribución al reequilibrio territorial en materia industrial.
- Reindustrialización de instalaciones productivas, objeto de procesos de cierre o deslocalización empresarial.
- La nueva implantación industrial.
¿Cuáles son las cuantías y las condiciones de los préstamos de inversión y desarrollo de la industria?
Importe:
- El importe del préstamo no podrá superar el 80% del importe de la actuación subvencionable.
- Con carácter general, mínimo de 400.000 € para pymes y 2.800.000 € para grandes empresas.
Tipo de interés:
- Euríbor a 12 meses más un diferencial de entre el 2% y el 2,95% en función del proyecto. (Euríbor mínimo del 0%).
- Las operaciones aprobadas contarán con una bonificación del tipo de interés de hasta un 2% por parte del Departamento de Empresa y Conocimiento.
Período:
- Plazo máximo de amortización de hasta 10 años.
- 2 años de período de carencia incluidos
¿Dónde se debe presentar la solicitud y cuál es plazo?
Las solicitudes se deben presentar y formalizar telemáticamente por medio del formulario. Este formulario estará a disposición de las empresas beneficiarias en la web del ICF.
El procedimiento de concesión de los préstamos de inversión y desarrollo de la industria es el de concurrencia no competitiva. Las solicitudes se resolverán por orden de entrada de las solicitudes en el Registro y hasta agotar el presupuesto.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Dirección General de Industria.
Para más información, visite la web del Instituto Catalán de Finanzas (www.icf.cat). También puede contactar con ellos por teléfono (933 428 422) o vía e-mail ([email protected]).
Documentación a aportar junto a la solicitud
Memoria técnica del proyecto a financiar. En el caso de solicitar un préstamo para financiar activo circulante, también se deberá aportar una breve explicación sobre las necesidades de financiación.
Detalle de las otras ayudas recibidas y/o solicitadas para los mismos gastos elegibles, si las hay, procedentes de cualquier administración o entidad, públicas o privadas, nacionales o internacionales, con especificación de la cuantía, la fecha de otorgamiento y el ente otorgante, que se incluye como declaración anexa, en la solicitud.
Detalle, si las hay, de las ayudas de minimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal en curso.
Notificación de las solicitudes
La notificación de la resolución a la empresa interesada se realizará electrónicamente, mediante la sede electrónica de la Administración de la Generalidad de Cataluña (https://seu.gencat.cat/es/).
Si una vez transcurridos seis meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, no se ha producido la notificación de resolución, se entenderá que la solicitud se desestima por silencio administrativo.
Contra la resolución que se dicte, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada.
El recurso se interpondrá ante el/la consejero/a de Empresa y Conocimiento en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de notificación de la resolución.
Servicio de consultoría de Tandem HSE
No dude en solicitar información sobre nuestro Servicio de identificación de requisitos legales “RELE HSE”. Le permitirá estar siempre al día de la legislación vigente aplicable a su empresa.
En consecuencia, con “RELE HSE”, podrá controlar eficazmente el grado de cumplimiento de los requisitos legales de aplicación a su actividad.
Además dispondrá de un asesoramiento personalizado por nuestros Consultores.
Para finalizar, ante cualquier duda, póngase en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarle.
Tel. 93 418 19 12
Por: Andrea Higueruelo Fernández
Dpto. Consultoría
Fecha: 14 de enero de 2019