Proyecto de incendios (Licencia de Actividad o Licencia de Obras)
Como vimos en el artículo «Licencia de Actividad para establecimientos industriales«, antes de iniciar una actividad industrial se deberá contar con el permiso del ayuntamiento de la localidad donde se va a realizar la actividad. Una de las cosas que le pedirán para solicitar la Licencia de actividad será el Proyecto de Incendios.
ÍNDICE
- 1 Proyecto de incendios (Licencia de Actividad o Licencia de Obras)
- 1.1 Proyecto de instalación contra incendios
- 1.2 Normativa aplicable en la seguridad contra incendios
- 1.3 Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI)
- 1.4 Código Técnico de Edificación para los establecimientos no industriales
- 1.5 Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios
- 2 Servicios de TANDEM HSE – Proyecto de incendios
Proyecto de instalación contra incendios
Inicialmente, cuando se solicita la Licencia de Actividad, junto con el proyecto de actividad, se debe presentar un proyecto complementario en materia de prevención de incendios. En él, se definen las medidas de protección contra incendios para proteger a personas y edificios. Cabe destacar que, tanto el procedimiento administrativo a seguir, como el órgano competente en materia de seguridad contra incendios, lo establecerá cada comunidad autónoma.
Normativa aplicable en la seguridad contra incendios
Los establecimientos industriales se rigen por la normativa sectorial que les sea de aplicación:
- Almacenes de productos químicos,
- almacenes de GLP gases licuados del petróleo,
- instalaciones petrolíferas,
- instalaciones frigoríficas,
- etc.
Y, también, se rigen por el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI, Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre).
Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI)
En este reglamento se definen las condiciones de seguridad contra incendios para proteger las personas y bienes materiales dentro de las edificaciones industriales.
En el artículo 4 del Capítulo II del RSCIEI se indica lo siguiente:
«los establecimientos industriales de nueva construcción y los que cambien o modifique su actividad, se trasladen, se amplíen o se reformen, en la parte afectada por la ampliación o reforma, requerirán la presentación de un proyecto. Este proyecto podrá estar integrado en el proyecto general exigido por la legislación vigente para la obtención de los permisos y licencias preceptivas, o ser específico; en todo caso, deberá contener la documentación necesaria que justifique el cumplimiento de este reglamento»
Y también:
«El proyecto será redactado y firmado por un técnico titulado competente y visado por su colegio oficial correspondiente».
Puede ampliar más información en otro artículo de nuestro blog: Guía Técnica Aplicación RD2267-2004.
Código Técnico de Edificación para los establecimientos no industriales
Los establecimientos no industriales, para uso:
- residencial,
- administrativo,
- comercial,
- docente,
- hospitalario,
- pública concurrencia,
- servicios
- y aparcamiento
Se rigen por el Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo).
Se aplica en todas aquellas actividades que forman parte de un proyecto de edificación según la Ley de Ordenación de la Edificación, Ley 38/1999, de 5 de noviembre (LOE).
En consecuencia, en sus documentos básicos DB-SI (Seguridad en caso de Incendio) y DB-SUA (Seguridad de Utilización y Accesibilidad) se indican las exigencias que deben cumplir los edificios en materia de incendios.
Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios
Por otro lado, el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017, de 22 mayo) determina las condiciones y requisitos exigibles al diseño:
- instalación/aplicación,
- mantenimiento e inspección de los equipos,
- sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios.
Para la redacción del proyecto de incendios debe considerarse:
- la normativa estatal (RSCIEI, CTE, RIPCI),
- autonómica (Por ejemplo: Instrucción 1/2018 de Castilla La Mancha, Ley 3/2010 de Cataluña, Instrucciones Técnicas Complementarias del Departamento de Interior en Cataluña, etc.)
- y municipal (Ordenanzas). En Barcelona, por ejemplo, se aplica la Ordenanza OMCPI 2008 que, en algunos casos, es más restrictiva que el RSCIEI.
Servicios de TANDEM HSE – Proyecto de incendios
Desde Tandem HSE, con una experiencia de más de 15 años, elaboramos proyectos en el ámbito de la seguridad contra incendios y ofrecemos los servicios de elaboración de proyectos en materia de prevención de incendios para actividades en establecimientos industriales.
Disponemos de un equipo multidisciplinar especializado en la seguridad industrial en general; y en especial, en materia de prevención contra incendios.
Por: Víctor López García
27 de mayo de 2019
Tandem HSE, S.L.
Tel: 93 418 19 12