COMENTARIOS SOBRE EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS – REGLA
El estado español es el único en la Unión Europea que dispone de un Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos (Más conocido como Reglamento APQ). Dicho reglamento está dispuesto en el Real Decreto 656/2017, el cual deroga el RD 379/2001 y sus modificaciones en el RD 105/2010. (Puede ver las principales características del nuevo reglamente de almacenamientos de productos químicos APQ en nuestro artículo: «Presentación del nuevo reglamento APQ«.
El Reglamento de almacenamiento de productos químicos (APQ) define las condiciones de seguridad de los almacenamientos de productos químicos y de las áreas de carga y descarga asociadas a dichos almacenes.
Ámbito de aplicación del Reglamento de almacenamiento de productos químicos (APQ)
El ámbito de aplicación del reglamento abarca a todos los productos químicos clasificados como peligrosos (artículo 2 del Reglamento). Tanto los de riesgos físicos, riesgos para la salud o para el medio ambiente.
Uno de los errores interpretativos del reglamento es la aplicación del Reglamento exclusivamente a los productos indicados en las instrucciones técnicas complementarias:
- 1. ITC MIE APQ 1: Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles en recipientes fijos.
- 2. ITC MIE APQ 2: Almacenamiento de óxido de etileno en recipientes fijos.
- 3. ITC MIE APQ 3: Almacenamiento de cloro.
- 4. ITC MIE APQ 4: Almacenamiento de amoníaco anhidro.
- 5. ITC MIE APQ 5: Almacenamiento de gases en recipientes a presión móviles.
- 6. ITC MIE APQ 6: Almacenamiento de líquidos corrosivos en recipientes fijos.
- 7. ITC MIE APQ 7: Almacenamiento de líquidos tóxicos en recipientes fijos.
- 8. ITC MIE APQ 8: Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno.
- 9. ITC MIE APQ9: Almacenamiento de peróxidos orgánicos y de materias autorreactivas.
- 10. ITC MIE APQ10: Almacenamiento en recipientes móviles.
En estas ITC se define las condiciones técnicas de dichos almacenes. Tanto para productos almacenados en tanques fijos como en recipientes móviles.
Hay que aclarar que la APQ1, APQ 6 y APQ7 está definida para líquidos, excluyendo los sólidos. En el caso de los peróxidos es tanto para sólidos como líquidos.
El APQ para otros productos químicos
El resto de productos, como podrían ser:
- Los sólidos corrosivos, tóxicos o inflamables
- Los productos (sólidos o líquidos) irritantes
- Peligrosos para el medio ambiente
- Cancerígenos
- Mutagénicos
- Sensibilizantes
- O tóxicos para la reproducción
no disponen de ITC específica pero esto no supone que no se les aplica el Reglamento.
Igualmente, los almacenamientos de dichos productos, tanto sin son sólidos como líquidos como si están en tanques fijos o móviles, deben estar comunicadas. Es decir legalizadas, en las correspondientes consejerías de Industria de las correspondientes comunidades autónomas. (Así se indica en el artículo 3 del Reglamento.)
¿Que especificaciones técnicas se aplican al resto de productos químicos?
La pregunta que se hace mucha gente es:
- Si no tienen ITC concreta ¿qué especificaciones técnicas se le aplican?
La respuesta es simple:
Las medidas de seguridad necesarias para evitar los riesgos derivados de:
- Reacciones indebidas de los productos
- Vertidos accidentales o
- Emisiones de gases o vapores nocivos.
Las medidas de seguridad son definidas por el técnico competente que redacta el proyecto APQ. Incluso en los almacenamientos cuyas cantidades no superan los mínimos para entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento.
En en éstas, se deben aplicar las medidas de seguridad recomendadas por los fabricantes de los productos químicos. Estas medidas de seguridad se indican en las Fichas de Seguridad (FDS).
En este sentido, quedaran de momento sin especificar, los almacenamientos en tanques fijos de los productos líquidos irritantes, comburentes, nocivos para el medio ambiente, cancerígenos, mutagénicos, sensibilizantes y tóxicos para la reproducción, definidos actualmente según las clases del CLP.
Hay que tener en cuenta que los productos comburentes y nocivos para el medio ambiente, a pesar de no tener ITC propia, están muy regulados por las normativas de accidentes graves. Por lo tanto, es muy importante definir unas medidas de seguridad en sus almacenamientos, ya que las consecuencias derivadas de un accidente con estos productos, podría suponer un accidente grave fuera de las instalaciones del titular.
Pedir la homologación APQ a los fabricantes de equipos
Otra errónea interpretación del Reglamento es la de solicitar a los fabricantes de equipos (cubetos, tanques, depósitos, etc.) o de almacenes prefabricados, que estén homologados para APQ.
Es un error importante, ya que la legalización de un almacenamiento de productos químicos APQ, no sólo es debido a la instalación de una sala, cuarto o contenedor prefabricado. Es el conjunto de medidas de seguridad definidas en el Reglamento, lo que hace que se pueda legalizar un almacén.
Pongamos como ejemplo de esto un almacén prefabricado con una EI 120, para legalizarlo como una sala aneja de almacenamiento de productos químicos. En este caso, debe cumplir, además, con un volumen limitado por pilas y total, unas distancias de seguridad entre las pilas, el disponer de una ducha y lavaojos de emergencia, etc. para poder ser legalizado.
Otro caso también ocurre, con los contenedores modulares, que se consideran como si fuesen almacenes. Para poder legalizarlos, se debe cumplir con las distancias de seguridad a propiedades ajenas, edificios de la misma titularidad y vías públicas, etc… es decir en función de su ubicación la legalización será viable o no.
Por todo ello, recomendamos que el tema del almacenaje de productos químicos, sean redactados en un proyecto ejecutivo APQ definido por un técnico competente. Este técnico deberá analizar bien las características de los productos, sus posibles ubicaciones, las medidas de seguridad ya instaladas y definir cuál es la mejor solución, para reducir el riesgo y poder legalizar la instalación.
Autor: Sergi Carreras
Director técnico y CEO de TANDEM HSE
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