¿Debe declarar sus productos importados?
Reglamento CBAM
¿Qué es?
El CBAM, o Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono, es una nueva normativa de la Unión Europea que funciona como un arancel para la importación de ciertos productos en la Unión Europea.
A nivel legislativo, el CBAM está regulado por dos Reglamentos de la UE: el Reglamento 2023/956, publicado en mayo, que establece el Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono, y el Reglamento 2023/1773, que establece las disposiciones para el período transitorio de este mecanismo. Entró en vigor en octubre de 2023, coincidiendo con el primer período de notificación y presentación de informes.
Este Reglamento forma parte integral del Paquete Objetivo 55 de la Unión Europea, diseñado para abordar la fuga de emisiones de carbono en el comercio internacional. Además, respalda los objetivos de lucha contra el cambio climático del Acuerdo de París, alentando el uso de tecnologías más limpias en empresas extranjeras para reducir sus emisiones.
En términos de legislación de emisiones, este mecanismo complementa la Directiva 2003/87/CE de la Unión Europea, que regula el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (RCDE), ya que, al ajustar el nivel de carbono en productos importados, el CBAM refuerza las metas del RCDE.
¿Cuáles son sus objetivos?
Establece la obligación de declarar las emisiones de productos importados.
Su objetivo principal es ajustar el nivel de carbono incorporado en bienes importados, promoviendo la competencia equitativa y la sostenibilidad ambiental.
¿A quién aplica el CBAM?
- Importación en el Territorio Aduanero de la UE
El CBAM se aplica a ciertos productos importados en la UE originarios[1] de terceros países* que no pertenecen a la UE, con excepción de Islandia, Liechtenstein, Noruega y determinados territorios especiales como Ceuta y Melilla en el caso de España.
- Aplicación en las Islas, Estructuras o Plataforma Continental
Su aplicación se extiende a productos introducidos en islas, estructuras fijas/flotantes o plataformas continentales. Requiere actos de ejecución para establecer requisitos detallados, incluidos conceptos y controles aduaneros.
[1] Normas de origen no preferencial según el Artículo 59 del Reglamento (UE) n.º 952/2013.
- El Reglamento no se aplicará a las mercancías importadas sujetas al CBAM cuando su valor por envío no supere los 150 EUR (considerando todos los productos sujetos a ese envío[1]).
- El Reglamento no se aplicará a mercancías utilizadas en actividades militares.
- No se aplicará a importaciones procedentes de países cubiertos por el Sistema de Comercio de Emisiones de la UE (ETS) o de países con sistemas nacionales de comercio de emisiones completamente vinculados, como los países de la AELC y la AELFTA.
- El CBAM cubre las importaciones de electricidad de países no pertenecientes a la UE, a menos que el país tercero esté tan estrechamente vinculado al mercado interno de electricidad de la UE que sea imposible encontrar una solución técnica para aplicar el CBAM a estas importaciones. Sin embargo, esta exención solo se aplica en situaciones específicas y está sujeta a condiciones estrictas según lo descrito en el artículo 2 del Reglamento (UE) 2023/956.
[1] Por envío nos referimos a DUA despachado. Un envío, un DUA.
¿Qué tipo de producto están sujetos al CBAM?
El CBAM se aplica a las mercancías enumeradas en el Anexo I del Reglamento 2023/956, originadas en terceros países. También incluye productos transformados bajo el régimen de perfeccionamiento activo del Artículo 256 del Reglamento (UE) n.º 952/2013.
La implementación del CBAM será progresiva, comenzando con importaciones de bienes y precursores conocidos por su alta intensidad de carbono y un mayor riesgo de fuga de carbono. Durante el período de transición, los productos afectados abarcan el cemento, el hierro y el acero, el aluminio, los fertilizantes, la electricidad y el hidrógeno.
¿Qué es el Código CN?
El CBAM se vincula al Código CN (Código Nomenclatura) para identificar los productos que están sujetos a este mecanismo.
La Nomenclatura Combinada (NC) es el sistema de códigos de ocho dígitos de la Unión Europea, que incluye el Código del Sistema Armonizado (SA) junto con otras subdivisiones específicas de la UE. El Código CN se utiliza para referirse al código arancelario de un producto, desempeñando un papel crucial en la identificación y clasificación de productos en el ámbito del comercio internacional.
¿Qué periodos de implantación tiene este reglamento?
PERÍODO TRANSITORIO
01/10/2023 - 31/12/2025-
Registro transitorio CBAM
-
Informe trimestral CBAM
PERÍODO DEFINITIVO
01/01/2026 hasta 2034-
Solicitud declarante autorizado
-
Registro CBAM
-
Compra de certificados CBAM
-
Declaración anual CBAM
-
Entrega de certificados CBAM
-
Verificación por organismo externo
¿Quién puede ser declarante?
Las responsabilidades relacionadas con la importación son asumidas por el declarante, que puede adoptar cualquiera de las siguientes identidades:
- Importador Directo: importador que presenta una declaración en aduana para el despacho a libre práctica de mercancías en su propio nombre y por su propia cuenta.
- Persona Titular de Autorización EIR: persona titular de una autorización de Inscripción en los Registros del Declarante (EIR) que declare la importación de mercancías.
- Representante Indirecto Designado: representante designado por el importador cuando acepta actuar como declarante a efectos del CBAM.
- Representante Indirecto (Importador Fuera de la UE): representante indirecto cuando el importador está establecido fuera de la Unión Europea (UE).
En el caso de representantes indirectos cuyos importadores están dentro de la Unión Europea, estos representantes pueden liberarse de sus responsabilidades, pero para hacerlo deben notificar a sus importadores utilizando la plantilla de notificación correspondiente.
Sanciones
De acuerdo con el artículo 26 del Reglamento (UE) 2023/956 y el artículo 16 del Reglamento (UE) 2023/1773, se establecerán sanciones a partir de la entrada en vigor del Reglamento en octubre de 2023 para aquellos declarantes que:
PERÍODO TRANSITORIO
-
No notifiquen sus emisiones.
-
No presenten el informe.
-
Presenten un informe incorrecto o incompleto y no lo corrigen.
PERÍODO DEFINITIVO
-
No notifiquen sus emisiones.
-
No presenten el informe.
-
Presenten un informe incorrecto o incompleto y no lo corrigen.
-
El declarante no entregue el número de Certificados CBAM correspondientes a las emisiones importadas.
-
Se introduzcan mercancías en el territorio aduanero de la Unión sin cumplir con las obligaciones del CBAM.
Ejemplos:
Si decide no declarar 400 toneladas de emisiones, la sanción correspondiente será de 20.000 €, considerando que no las ha declarado en un trimestre.
¿Cuáles son los datos para el Cálculo de Valores Reales?
A partir del tercer trimestre de 2024, se implementa la obligación de reportar informes trimestrales basados en valores reales en el marco del Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono (CBAM).
Datos para el Cálculo de Valores Reales:
- Códigos CN: Identificación precisa de los productos mediante sus códigos CN para una clasificación y asignación de emisiones precisa.
- Identificación del Proceso Productivo: Detalles sobre los procesos productivos para una evaluación precisa de las emisiones a lo largo de la cadena de producción.
- Consumos Eléctricos de los Procesos: Cantidad exacta de energía eléctrica consumida en cada etapa del proceso productivo para el cálculo preciso de emisiones.
- Otros Factores Relevantes: Datos adicionales como consumos de materias primas, cambios en maquinaria, y otros factores relevantes que influyen en la huella de carbono.
Para cumplir con las obligaciones normativas CBAM y garantizar la transparencia de los informes presentados, los proveedores deben notificar la metodología usada para realizar el cálculo de los factores de emisión de los productos CBAM.
Puede descargar nuestra plantilla estándar para cumplimentar esta notificación.
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Cálculos rápidos
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Cobertura y garantía
Se da la garantía, en el procedimiento del cálculo de las emisiones asociadas a los productos importados, de cumplimiento del Reglamento (UE) 2023/956.
Fácil presentación de resultados
Identificación y presentación de emisiones directas e indirectas de los productos.
Facilidad de cálculo con valores reales
El equipo de Tandem HSE le guiará en la recopilación de información de sus proveedores de origen para calcular los valores reales.
Seguimiento de principio a fin
Ofrecemos un seguimiento integral a lo largo de todo el proceso, desde la fase consultiva hasta la tramitación y entrega, incluyendo el cálculo preciso de las emisiones. Existe la posibilidad de apoderar a Tandem HSE como tercero para realizar el trámite en tu nombre, simplificando así tu proceso de cumplimiento y garantizando una gestión eficiente de tus obligaciones CBAM.
Bases de datos actualizadas
Se dispone de una amplia base de datos extensa que se actualiza anualmente con datos de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Gobierno y EcoInvent.
Preguntas frecuentes
En el caso de instalaciones o titulares ubicados en terceros países, también se aplican las regulaciones del CBAM, y deben cumplir con las obligaciones correspondientes.
Las autoridades competentes varían según el contexto, pero en el marco del CBAM, se refiere a las autoridades encargadas de la administración y supervisión del sistema, las cuales pueden variar de un país a otro dentro de la Unión Europea.
Sí, se permite la modificación y corrección de informes CBAM dentro de un plazo específico después de cada trimestre. Sin embargo, es importante cumplir con los requisitos y plazos establecidos para estas modificaciones.
La presentación de informes incompletos o incorrectos puede resultar en consecuencias negativas, como sanciones o revisiones por parte de las autoridades competentes. Es importante garantizar la precisión y completitud de los informes CBAM.
El Registro Transitorio CBAM es interoperable con sistemas electrónicos y procesos relacionados con la declaración y seguimiento de emisiones de carbono, lo que facilita la integración de información y datos en el marco del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM) en la Unión Europea. Esto permite compartir información relevante y garantizar la conformidad con las regulaciones del CBAM.
En caso de un fallo temporal de los sistemas electrónicos del portal del Registro, es importante que las autoridades competentes tomen medidas para restaurar la funcionalidad del sistema lo antes posible. Durante un fallo, es posible que la presentación de informes y otras operaciones relacionadas con el CBAM se vean afectadas. Sin embargo, las regulaciones suelen establecer plazos para la presentación de informes, por lo que es importante cumplir con estos plazos incluso en caso de fallos temporales, y notificar a las autoridades pertinentes sobre cualquier dificultad técnica.
De la Comisión Europea
Respecto de cada trimestre que abarca desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, el declarante notificante deberá presentar los informes MAFC al Registro Transitorio CBAM (MAFC) dentro de un plazo máximo de un mes posterior al final de ese trimestre.
Durante el período transitorio, los importadores de bienes CBAM no necesitan obtener autorización especial para importar estos productos a la UE. Las autoridades aduaneras informarán a los importadores sobre sus obligaciones de presentación de informes en el momento de la importación.
Sí deben registrare en el Registro Transitorio del CBAM para poder presentar el informe trimestral CBAM.
No, la verificación por parte de un organismo independiente externo solo será obligatoria a partir de 2026.
Los productores externos a la UE deben suministrar datos sobre emisiones incorporadas en productos CBAM a importadores de la UE. Si esta información no está disponible en el momento de la importación, los importadores pueden utilizar valores predeterminados para calcular las emisiones. Además, las instalaciones de producción fuera de la UE pueden registrarse para facilitar la presentación de informes de emisiones, simplificando el cumplimiento para los importadores de productos CBAM de esas instalaciones.
Un precio del carbono es la cantidad de dinero que se paga en un tercer país como parte de un programa de reducción de emisiones de carbono. Puede tomar varias formas, como impuestos, tarifas o asignaciones de emisiones en un sistema de comercio de emisiones de gases de efecto invernadero.
Las autoridades aduaneras no permitirán la importación de mercancías por ninguna persona que no sea un declarante autorizado a efectos del CBAM.
Los códigos CN de mis productos importados se pueden encontrar en los DUAs despachados durante el trimestre objeto de obligación. Además, también es posible localizarlos en las fichas de productos, consultar con aduanas o contactar directamente al fabricante.
La exención de De Minimis se aplica considerando tanto el valor total por envío como el valor total de diferentes códigos CN en un envío. En otras palabras, si en un envío importas dos productos con códigos CN diferentes por un valor total (entre los dos productos) de 150 euros, debes reportarlo. Solo si el valor total de esos productos está por debajo de 150 €, entonces no es necesario reportarlo.
Ejemplos:
- Caso 1: En tu envío, tienes X productos no sujetos a CBAM, cada uno con un valor nominal de Y euros. No son relevantes para la aplicación de la exención de De Minimis. También tienes un contenedor de transporte de cemento Portland identificado por su código CN (2523 21 00), y su valor total no supera los 150 euros. La exención de De Minimis sigue aplicando, es decir, no hay que declararlo.
- Caso 2: En tu envío, tienes X productos no sujetos a CBAM, cada uno con un valor nominal de Y euros. No son relevantes para la aplicación de la exención de De Minimis. También llevas una tonelada de cemento Portland blanco (código CN 2523 21 00) y una tonelada de otro cemento Portland (código CN 2523 29 00). El valor de cada producto sujeto a CBAM es de 120 euros. El valor total de los productos sujetos a CBAM en tu envío supera los 150 euros.
No, los informes trimestrales CBAM deben entregarse cuando durante el trimestre correspondiente se hayan realizado importaciones de alguno de los productos CBAM (productos que se encuentran en el Anexo I del Reglamento (UE) 2023/956).
A partir del 1 de febrero, en el Registro Transitorio CBAM, los declarantes pueden utilizar la función «Request Delayed Submission» para obtener 30 días adicionales. Deben seleccionar «Requested by Declarant (technical error)». La entrega fuera del plazo por problemas técnicos se considera justificada, sin consecuencias negativas. Se insta a presentar la información tan pronto como los problemas técnicos se resuelvan.
- Utilice el enlace directo al Registro Transitorio CBAM: https://cbam.ec.europa.eu/declarant/
- Antes de acceder, realice una limpieza del caché del navegador, reinicie el navegador o utilice el modo de incógnito.
- Si persisten los problemas, podrían deberse a mejoras en el sistema, lo que puede generar cortes temporales. Se recomienda intentarlo nuevamente después de un tiempo razonable.
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